Permiso a los Trabajadores
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Revisión de 14:12 4 mar 2010
NORMAS GENERALES
1. La asistencia de personal deberá ser controlada por:
• El formulario Entrada y Salida del Personal. • Cualquier otro control que se lleve para registrar los permisos del trabajador.
2. Toda Solicitud de Permiso deberá ser elaborada por el trabajador por lo menos con un (1) día de anticipación a la fecha de iniciación del mismo, a fin de tomar las medidas necesarias, salvo en los casos en que resulte imposible dicha participación, debiéndose efectuar ésta en la primera oportunidad. En este caso deberá anexarse el justificativo correspondiente.
3. La compañía, en cualquier momento, podrá exigir al trabajador en disfrute de su permiso, las constancias o justificativos adicionales que considere convenientes.
4. En los casos de que la compañía tenga conocimiento de que el período del permiso esta siendo utilizado por el trabajador para fines distintos a aquellos para los cuales se le otorgó, le serán aplicadas las sanciones a que hubiere lugar.
5. La compañía no concederá permiso a ningún trabajador cuando otro del mismo departamento lo esté disfrutando, con excepción de los casos muy especiales.
6. Los permisos remunerados constituirán autorizaciones a los trabajadores para que dejen de asistir a su trabajo por causa justificada en un tiempo determinado y con goce de sueldo. Los que serán de concesión obligatoria son:
• Enfermedad del Trabajador. • Accidente sufrido por el Trabajador. • Diligencia personales de corta duración. • Tramitación de documentos personales exigidos por la Ley. • Por matrimonio del Trabajador. • Nacimiento de hijos. • Enfermedad grave o accidente del cónyuge, hijo (a) y padres, previa justificación. • Fallecimiento de familiares. • Declaración como testigo en juicio. • Asistencia a cursos, talleres o seminarios que beneficien las actividades desarrolladas dentro de la compañía. • Los casos no contemplados y que ameriten, a juicio del Supervisor inmediato, la concesión de un permiso remunerado.
7. Los permisos no remunerados constituirán autorizaciones dadas a los trabajadores por causas justificadas, en un tiempo determinado, sin goce de sueldo en los casos citados a continuación:
• Situaciones especiales debidamente justificadas y previamente consultada y aprobada por su Supervisor Inmediato, previa notificación por escrito al Jefe de Personal.
NORMAS ESPECÍFICAS
1. El trabajador que tenga que ausentarse de su sitio de trabajo, por una causa determinada, elaborará una Solicitud de Permiso, la cual deberá ser aprobada por su Supervisor inmediato.
2. El Jefe de Personal mantendrá un control de permisos, tanto remunerados y no remunerados de todo el personal de la compañía.
3. El Jefe de Personal deberá enviar al Gerente de Administración, el reporte de permisos para hacer los análisis a que haya lugar.