Compra a Proveedores

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NORMAS GENERALES

1. Es de carácter obligatorio que las compras de productos por Proveedores mayores a ciento cincuenta mil bolívares (Bs150.000) mensuales, deberán llevar la aprobación de la Dirección de Comercialización.

2. Toda tramitación de compras será efectuada, únicamente, mediante la Solicitud de Compras y deberá señalarse el uso que se le dará a la mercancía a ser adquirida (Clasificación).

3. El incremento o disminución de la cantidad de mercancía solicitada, se basará en las consultas previas que sobre la materia realice el Gerente de Comercialización, a fin de ajustarlo a la verdadera necesidad de éstas.

4. La Lista de Incremento de Precios del Proveedor, deberá ser recibida a más tardar con una semana de anticipación antes del cierre de cada mes o cuando aplique.

5. Toda mercancía viaja por riesgo y cuenta del Proveedor hasta la recepción en el Almacén de la compañía.

6. Procurar las mejores condiciones de compra en cuanto a precio y descuentos por pronto pago con los Proveedores, estos últimos no podrán formar parte del costo neto del producto sin previa aprobación de la Dirección de Administración y Finanzas.


NORMAS ESPECÍFICAS

1. El Gerente de Comercialización será el responsable de la elaboración de la Solicitud de Compras.

2. El Gerente de Comercialización contactará (telefónicamente o por escrito) a los diversos Proveedores, a objeto de evaluar la garantía, precio, calidad y condiciones de pago de la mercancía a ser adquirida.

3. El Gerente de Comercialización negociará las condiciones de compras, con exigencias de crédito a beneficio de la compañía.

4. El Gerente de Comercialización tramitará la compra mediante la elaboración de una Orden de Compra. En la misma dejará claramente expresada las especificaciones y condiciones bajo las cuales coloca el pedido. No permitirá modificaciones de las especificaciones, condiciones, entregas, precios, calidad y/o cantidad de la misma.

5. El Encargado de Compras controlará las Órdenes de Compra y velará porque las mismas estén prenumeradas.

6. El Encargado de Compras deberá mantener un archivo (Por unidad administrativa) de las Solicitudes de Compras, Ordenes de Compras y todos los documentos concernientes a las compras, para información y consultas posteriores por parte de las unidades correspondientes.

7. El Encargado de Compras tendrá la responsabilidad de remitir las Órdenes de Compras realizadas, con sus respectivos soportes, al Gerente de Administración para su revisión y aprobación.

8. El Gerente de Administración deberá comprobar si las Solicitudes de Compras efectuadas, se ajustan a una necesidad real.

9. El Gerente de Administración será responsable, de la revisión y aprobación de las Órdenes de Compra emitidas.

10. El Gerente de Administración deberá remitir al Encargado de Compras, toda Solicitud de Compras aprobada, para que proceda a la elaboración de la Orden de Compra.

11. El Gerente de Administración será responsable, de la revisión y aprobación de las Órdenes de Compra emitidas.

12. El Gerente de Comercialización será el responsable, del seguimiento de las Órdenes de Compra emitidas para la compra a Proveedores.

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