Suministro material de oficina

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NORMAS GENERALES

1. La compañía fijará un stock mínimo de existencia de materiales.

2. Toda tramitación para el suministro de materiales de oficina deberá ser efectuada únicamente mediante el formulario Solicitud Material de Oficina.

3. No se dará curso a ninguna Solicitud Material de Oficina que no esté debidamente aprobada por las firmas autorizadas.


NORMAS ESPECÍFICAS

1. El Trabajador será el responsable de la elaboración del formulario Solicitud Material de Oficina, en la forma establecida en el instructivo correspondiente.

2. El Trabajador deberá verificar que el código del material solicitado se corresponda con el establecido en el listado del Maestro de Suministro.

3. El Custodio del Almacén deberá verificar que los datos contenidos en la Solicitud Material de Oficina han sido debidamente elaborados por el trabajador. Esta solicitud no deberá tener enmiendas.

4. El Custodio del Almacén revisará que la firma autorizada en la Solicitud Material de Oficina, se corresponda con los niveles autorizados para tales efectos.

5. El Custodio del Almacén llevará un control de todas las Solicitudes Material de Oficina recibidas, registrando las salidas y entradas en el control diseñado para tales efectos.

6. El Custodio del Almacén, en la oportunidad en que sea incorporado o desincorporado un material de oficina, deberá actualizar el archivo de Maestro de Suministro, imprimir los listados y remitirlos a todas las unidades administrativas de la empresa a objeto de proporcionarles información para su conocimiento y control.

7. El Custodio del Almacén, cuando llegue al mínimo de existencia de materiales establecido, deberá preparar una Solicitud de Compras y remitirla al Gerente de Administración a objeto de reponer las mismas y mantener una existencia adecuada de dichos materiales para el suministro regular a las unidades de la compañía.

8. El Custodio del Almacén llevará un archivo de todos los listados originados en los procesos de movimiento, existencia y cierre de mes, para consultas posteriores por parte de las unidades interesadas de la compañía.