Transferencia o Cesión del Trabajador

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NORMAS GENERALES

Las solicitudes de transferencia de un trabajador a otra de las empresas del grupo, podrá ser solicitada voluntariamente por un trabajador o por el patrono siempre y cuando el trabajador esté de acuerdo. Solo se podrá realizar a solicitud del trabajador su transferencia de una empresa a otra del grupo, cuando éste haya demostrado de acuerdo a su formación profesional y desempeño, estar capacitado para asumir las responsabilidades de un cargo similar o superior al que ocupa en la compañía en la cual se encuentra activo.

1. No se aprobará la Trasferencia o Cesión de un trabajador, sin que antes la parte solicitante, (trabajador o gerente) sustente por escrito a la Dirección correspondiente (Administración, Recursos Financieros o Comercialización) los motivos que respaldan tal decisión.

2. La presente Normativa establece que solo podrán optar a la Trasferencia, los trabajadores que estén en condición de Contrato a Tiempo Indeterminado.

3. Todo trabajador transferido, deberá entregar con su firma y huella dactilar, carta de aceptación de transferencia al Gerente respectivo.

4. La liquidación del trabajador transferido debe llevar la firma y la huella dactilar de este, en señal de estar de acuerdo con los cálculos realizados.

5. La empresa del grupo que asuma la transferencia de un trabajador, entregará a éste, carta de aceptación firmada por el Gerente respectivo, indicando cargo a desempeñar, ratificación de su continuidad laboral, mantenimiento o mejoras de condiciones remunerativas.

6. En ninguno de los casos mencionados, podrá desmejorarse las condiciones remunerativas y laborales en general del trabajador.

7. Deberá notificárse al trabajador por lo menos con Un (1) mes de anticipación, sobre la transferencia o cesión.

8. La Gerencia de Administración de la empresa cedida, le hará firmar al trabajador o trabajadora cedida un contrato de trabajo a tiempo indeterminado del cargo que está aprobado.


NORMAS ESPECÍFICAS

1. El trabajador debe solicitar por medio de un escrito (Anexo A), al Gerente del Departamento al cual pertenece, su deseo de transferencia o Cesión a cualquiera de las otras compañías del grupo donde exista la vacante de un puesto igual o superior al que está desempeñando. El Gerente del departamento, deberá consultar esta solicitud con sus colegas Gerentes de las otras divisiones (manteniendo en todo momento confidencialidad), para tomar una decisión en conjunto. De ser positiva la decisión, el Gerente respectivo deberá enviar comunicación a su Dirección, sustentando la razón que motiva la transferencia del trabajador. De ser negativa, se comunicará al trabajador sin cerrar la posibilidad de que pueda intentar en un futuro cuando las condiciones, que de momento lo impiden, puedan según el caso, cambiar o ser superadas.

2. La Dirección en conjunto con la Gerencia respectiva, tomaran la decisión definitiva sobre la transferencia. De ser negativa la decisión, el trabajador no será transferido. De ser positiva, la Gerencia realizará un Memorándum (Anexo B) donde explicará y notificará al trabajador la decisión tomada, a que compañía del grupo se dirigirá, el cargo a ejecutar y el salario a devengar. Esta notificación debe ser firmada por el trabajador en señal de conformidad.

3. Después de aceptada la transferencia por parte del trabajador, el Gerente de Capital Humano o de Administración tendrá la responsabilidad de comunicar por escrito, el cambio y las nuevas condiciones al Jefe de Personal o Analista Administrativo de Capital Humano o Analista de Personal.

4. El Gerente de Capital Humano o Jefe de personal deberá realizar la liquidación simple del trabajador de la compañía cesante y entregársela al Gerente de Administracion, quien hará que el trabajador firme y coloque su huella dactilar en esta, en señal de estar de acuerdo con los cálculos realizados y a su vez la Gerente ordenará la emisión del cheque y depósito bancario a nombre de la compañía cedida. Al depósito se le colocara la leyenda: “Deposito de la liquidación del trabajador por transferencia”. Posteriormente se entregará copia al Jefe de Personal y el original al Departamento de Contabilidad de la compañía cedida, para que de forma inmediata realicen los asientos contables correspondientes. Actualmente se realiza registros o asientos contables entre compañías donde se realiza la transferencia del trabajador. Y se hacen firmar todos los documentos como si fuese un trabajador nuevo ingreso. Inclusive hacerle llenar Hoja de vida y firmar un nuevo contrato de trabajo del cargo el cual se le está asignando.

5. El Gerente de Capital Humano o Jefe de Personal será responsable de que se incluya en el expediente del trabajador toda la documentación que respalde el movimiento del personal de un cargo (Ejemplo: Solicitud del Trabajador de Cesión o Traslado (Anexo A), Memorándum de Aprobación a solicitud de Transferencia (Anexo B), Copia de la Liquidación del trabajador. Copia del depósito de la liquidación a la compañía a la cual se le cede el trabajador, Copia liquidación de Prestaciones Sociales por traspaso a otra empresa del grupo, Forma 14-03 o constancia de egreso del IVSS por retiro de una empresa y Forma 14-02 o Constancia de Registro del Trabajador por ingreso a otra, Relación de Novedades por cambio de salario, etc.).

6. De la Gerencia de Administración de la empresa Cesante, deberá a enviarse a la Gerencia de la empresa Cedida, una copia de todo el expediente de la trabajador Cedido, está a su vez, deberá hacer llenar a el trabajador una nueva hoja de vida y hacerle firmar un nuevo contrato de trabajo del cargo el cual se le está asignando.

7. La Gerencia de Administración de la empresa receptora del cedente, deberá entregarle la comunicación de aceptación de la transferencia (Anexo C), la que deberá ser firmada como recibida por él(la) trabajador(a) cedida.

8. La Gerencia de Administración de la empresa cedida, le hará firmar al trabajador o trabajadora cedida un contrato de trabajo a tiempo indeterminado del cargo que está aprobado.

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