Egreso de Personal

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(Sobre el egreso de personal)
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NORMAS GENERALES
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'''NORMAS GENERALES'''
1. Las causas que originan una terminación de servicios serán las tipificadas como: renuncia, despido, mutuo acuerdo, terminación de contrato a tiempo determinado ó muerte del trabajador.
1. Las causas que originan una terminación de servicios serán las tipificadas como: renuncia, despido, mutuo acuerdo, terminación de contrato a tiempo determinado ó muerte del trabajador.
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NORMAS ESPECÍFICAS
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1. El Departamento o Gerencia afectada, deberá enviar al Jefe del Departamento de Personal la carta de renuncia o de despido del trabajador, debidamente aprobada.
1. El Departamento o Gerencia afectada, deberá enviar al Jefe del Departamento de Personal la carta de renuncia o de despido del trabajador, debidamente aprobada.

Revisión de 21:12 3 sep 2009

NORMAS GENERALES

1. Las causas que originan una terminación de servicios serán las tipificadas como: renuncia, despido, mutuo acuerdo, terminación de contrato a tiempo determinado ó muerte del trabajador.

2. En los casos de despido se establece la obligatoriedad de notificar al Departamento de Personal, por lo menos con dos (2) días de anticipación.

3. Las terminaciones de servicios deberán ser autorizadas por el Jefe del Departamento al cual esta adscrito el trabajador y aprobadas por el Gerente correspondiente.

4. La renuncia solamente se produce en el caso de que el trabajador manifieste en forma escrita a su superior directo, su voluntad de separarse definitivamente de la empresa.

5. Quedarán sin efecto las renuncias sin fecha, así como las hechas verbalmente.

6. Si el trabajador al renunciar no cumple con el preaviso estipulado por la Ley, este le será descontado de su liquidación.

7. Todo lo relativo a los derechos de antigüedad, se regirá de conformidad con lo establecido en la Ley del Trabajo.

8. Una vez finalizada la relación laboral se deberá retirar al trabajador todos los útiles de trabajo que le hayan sido asignados para el desempeño de sus funciones, a tal efecto cada unidad informará de tal devolución al Departamento de Personal.

9. La compañía cancelará el acumulado sobre prestaciones sociales al término de la relación laboral, como lo establece la Ley Orgánica del Trabajo.


NORMAS ESPECÍFICAS

1. El Departamento o Gerencia afectada, deberá enviar al Jefe del Departamento de Personal la carta de renuncia o de despido del trabajador, debidamente aprobada.

2. Los Supervisores deberán darle curso a todas las solicitudes de renuncia recibidas.

3. El Supervisor inmediato deberá informar en privado al trabajador las causas que determinaron su retiro, a fin de que este conozca los motivos de la terminación del contrato de trabajo.

4. El Jefe de Personal deberá clasificar los egresos del personal de acuerdo a las siguientes categorías: renuncia, despido, voluntad común de las partes o muerte del trabajador, a objeto de establecer el tipo de prestación social a que se contrae dicho calificativo.

5. El Jefe de Personal será el encargado de calcular, elaborar y tramitar todo lo relativo a la liquidación de prestaciones sociales y deberá tomar como material de apoyo y consulta los escritos legales, tales como la Ley Orgánica de Trabajo y la Legislación Laboral.

6. El Jefe de Personal deberá consultar al Abogado Corporativo sobre cualquier duda de carácter legal.

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