Beneficio de Seguros Privados

De SodiWiki

NORMAS GENERALES

1. Las diferentes pólizas que mantenga la empresa para los trabajadores, serán revisadas anualmente, por la Dirección de Administración y Finanzas conjuntamente con el Asesor de Seguros, a objeto a hacer los ajustes a que hubiese lugar.

2. Todos los trámites de pólizas serán canalizados entre la Gerencia de Administración de cada empresa y la Abogada Corporativa.

3. Todos los Jefes de Personal serán responsables ante las Gerencias de Administración de las empresas de controlar los ingresos y egresos del personal de las diferentes pólizas.

4. Toda solicitud para extinguir plazos de espera en la inclusión de un trabajador en la póliza de Hospitalización y Cirugía deberá ser aprobada por la Dirección de Administración y finanzas de la organización.

5. Las pólizas existentes en las empresas serán las siguientes:

A. Póliza de Accidentes Personales con cobertura de Diez Mil Bolívares (Bs. F. 10.000,00): Será otorgada por la empresa como un beneficio a trabajadores que desde su ingreso ocupen cargos tales como: Gerentes de Comercialización, Gerentes de Recursos Financieros, Gerentes de Administración, Gerente de Ventas, Asesores Comerciales, Gerentes de Área, Jefes de Almacén, Cajeros, Transportistas internos, Coordinadores, Auditores y Motorizados.

B. Póliza de Vehículo: la compañía financiará esta póliza por un plazo no mayor al vencimiento de la misma, solo a los Gerentes de Administración, Gerentes de Recursos Financieros, Gerentes de Ventas y a los Asesores Comerciales (Fuerza de Ventas) que mantengan una relación de trabajo a tiempo indeterminado superior a tres meses. Las cuotas serán descontadas mensualmente por nomina, del sueldo del trabajador.

• Los Directores y Gerentes de Comercialización gozarán desde su ingreso a la empresa, del Beneficio de Adquisición de Pólizas sólo para un vehículo de su uso personal. El costo de la misma será cubierto en su totalidad por la empresa.

C. Póliza de Hospitalización y Cirugía = HC. (No incluye maternidad): Para el trabajador que mantenga una relación de trabajo a tiempo indeterminado superior a tres meses, la empresa financiará el 20% de una póliza de Hospitalización y Cirugía, con cobertura de treinta mil bolívares (Bs.F. 30.000,00) y financiará el 80% restante por un lapso de 4 meses sin intereses, la maternidad podrá solicitarse como un adicional y corresponderá al trabajador solicitante el pago de la prima.

6. En caso que el trabajador desee pagar su póliza personal en un lapso mayor a cuatro (4) meses, se le cobraran intereses por el saldo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo (literal c), para el pago de intereses sobre prestaciones sociales.

7. Los trabajadores que posean capacidad crediticia acorde a la prestación por antigüedad acumulada, podrán solicitar la inclusión de sus familiares de primera línea: ascendentes (Padres) y descendiente (Hijos) en la póliza de Hospitalización y Cirugía. La compañía financiará esta póliza por un plazo no mayor al vencimiento de la misma y descontará mensualmente del sueldo del trabajador, además de las cuotas correspondientes, los intereses generados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo (literal c), para el pago de intereses sobre prestaciones sociales. Igualmente, se cargará a cuenta del trabajador, cualquier costo adicional por pólizas solicitadas con cobertura superior a los 30 millones de bolívares.

8. La compañía otorgará como un Beneficio la póliza de Hospitalización y Cirugía (H y C) con cobertura de treinta mil bolívares fuertes (Bs. F. 30.000,00), a trabajadores que desde su ingreso ocupen cargos tales como: Gerentes de Comercialización, Gerentes de Recursos Financieros, Gerentes de Administración, Gerentes de Ventas, Gerentes de Área y Jefes de Almacén.

9. Todo trabajador promovido dentro de la organización a uno de los cargos que cuenten con beneficios de cobertura en cualquiera de las pólizas que la empresa otorga como privilegio inherente a ese cargo, gozará del beneficio desde el momento mismo de su promoción.

10. Los Gerentes de Comercialización tendrán a diferencia de los otros cargos mencionados, el beneficio adicional de cobertura de Póliza de H y C para su conyugue e hijos, dejando la fecha de inclusión de éstos en la misma a cargo del Director de Comercialización de la organización.


NORMAS ESPECÍFICAS

1. El Jefe de Personal será el responsable de la presentación a los trabajadores, de los planes, beneficios y uso de las Pólizas de Hospitalización y Cirugía, Accidentes Personales y Vehículos.

2. El Jefe de Personal será el responsable de la inclusión en las pólizas de H y C de todos los trabajadores que ingresen a la empresa y que de acuerdo a su cargo, gocen del beneficio de inclusión inmediata, para lo cual deberá hacerles llenar la planilla enviada por la compañía de seguros para tal fin y anexar la copia de la Cédula de Identidad del trabajador.

3. El Jefe de Personal será el responsable de la inclusión en las pólizas de Accidentes Personales, de todos los trabajadores que de acuerdo a sus cargos, gocen del beneficio de inclusión inmediata, para lo cual deberá hacerles llenar la planilla enviada por la compañía de seguros para tal fin y anexar la copia de la Cédula de Identidad del trabajador.

4. El Jefe de Personal será responsable del retiro inmediato de las pólizas de: Accidentes Personales, H y C, y de Vehículos, de todos los trabajadores que por cualquier causa se retiren de la empresa o soliciten ser excluidos de éstas.

5. El Jefe de Personal para hacer efectivos los ingresos de los trabajadores a las distintas pólizas, deberá solicitar a la compañía de Seguros, mediante comunicación escrita y firmada previamente por el Gerente de Administración de la empresa, la Inclusión o Alta, del o de los trabajadores a ingresar. Dicha comunicación será enviada (a la Abogado Corporativa), primeramente por correo electrónico y posteriormente por valija con acuse de recibo.

6. El Jefe de Personal para hacer efectivos los retiros de los trabajadores de las distintas pólizas, deberá solicitar a la compañía de Seguros, mediante comunicación escrita y firmada previamente por el Gerente de Administración de la empresa, la Exclusión o Baja, del o de los trabajadores a retirar. Dicha comunicación será enviada (a la Abogado Corporativa), primeramente por correo electrónico y posteriormente por valija con acuse de recibo.

7. El Jefe de Personal para hacer efectiva la solicitud de una póliza de vehiculo, deberá enviar a la compañía de seguros a través de la Abogada Corporativa de la organización, la Planilla de Solicitud de Seguro del vehiculo (previamente autorizado por la Gerencia de Administración de la empresa), a la que deberá anexar los siguientes recaudos:

• Copia de la Cédula de Identidad del trabajador,
• Licencia de conducir, 
• Certificado medico, 
• Informe de Inspección del vehiculo realizado por un Perito de la oficina de la compañía de Seguros de la región.( deberá enviarse de inmediato por fax o e-mail, a la Oficina
Corporativa, ya que el mismo caduca después de cinco días de efectuada la revisión o inspección), • Titulo de propiedad del vehículo.

8. Para la tramitación del reembolso por gastos médicos de los trabajadores, el Jefe de Personal enviará a la Abogada Corporativa, carta dirigida a la empresa de Seguros, en la que anexará, relacionando ordenadamente y en original, las facturas y demás documentos (informe médico, placas, recipes, examenes de laboratorio, etc.) que soporten el gasto a indemnizar. Es indispensable totalizar monto en la relación.

9. El Jefe de Personal , previa autorización del Gerente de Administración de la empresa, será responsable de enviar a la Abogada Corporativa la solicitud de “Carta Aval” que requiera un trabajador en caso de intervención quirúrgica programada, con dicha carta deberá adjuntar el Presupuesto e Informe medico que sustenten la necesidad de la intervención. Todo lo mencionado, por el lapso de caducidad, deberá enviarse inmediatamente sea recibido de la clínica y medico tratante.

10. El Jefe de Personal, conjuntamente con la Abogada Corporativa, será responsable de hacer el seguimiento necesario ante la Compañía de Seguros del reembolso de gastos médicos del trabajador, o del curso y seguimiento de la Carta Aval, según sea el caso.

11. El Jefe de Personal, será responsable de llevar actualizado cuadro de control con ingresos y egresos de trabajadores de las distintas pólizas llevadas en la empresa.

12. Todos los Gerentes de Ventas, Gerentes de Áreas o Coordinadores de departamentos están en el deber de comunicar de forma inmediata al Jefe de Personal, el retiro de todo trabajador supervisado. El omitir esta responsabilidad generará a la empresa gastos innecesarios.

13. El Jefe de Personal será responsable de llevar el control efectivo de las cuentas por cobrar a los trabajadores por concepto de pólizas de Vehiculo y de HC, así como de sus respectivos descuentos en nomina según la normativa.

14. El Gerente de Administración será el responsable de hacer el seguimiento ante las compañías de seguros, de las inclusiones o exclusiones (Altas y Bajas) de los trabajadores de las diferentes pólizas de seguros y de sus correspondientes y oportunos reintegros de primas en caso de que las hubiese.

15. El Gerente de Administración será responsable de velar que se cumpla con la normativa establecida en la empresa para el manejo, uso y control de las distintas Pólizas utilizadas en la compañía.

Herramientas personales